Nueva ley de Tráfico: estas son las nuevas multas y las pérdidas de puntos

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Miguel Rosero, editor de la revista impresa y online Eventos En Red. Profesional de la comunicación y la tecnología.
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Tirar colillas por la ventanilla, coger el teléfono móvil al volante o rebasar en 20 km/h la velocidad máxima para adelantar estará sancionado con una mayor pérdida de puntos.

Casi dos años ha tardado la nueva ley de Tráfico en contar con el visto bueno del Congreso de Diputados, que la ratificó a inicios de diciembre después de meses de negociación. Ahora se espera que entre en vigor en marzo de 2022, cuando se cumplan 90 días de la publicación del texto en el BOE. Todavía queda tiempo para eso, pero si queremos evitarnos sustos conviene conocer algunas de las medidas que se incluyen en la reforma de la actual Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (vigente desde 2015).

Uno de los principales cambios que trae la nueva norma es un endurecimiento de algunas de las sanciones ya en boga, concretamente en lo que a pérdida de puntos se refiere. ¿El objetivo? Mejorar la seguridad vial, disminuir la siniestralidad en las carreteras y contribuir a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero en las ciudades.

Una mayor pérdida de puntos

Hasta el momento, utilizar el teléfono móvil sin manos libres estaba sancionado con la detracción de tres puntos del carné de conducir y una multa de 200 euros. Ahora, si tienes el dispositivo en la mano va a dar igual que estés llamando, enviando un mensaje o simplemente

cambiándolo de lugar: la nueva regla ha sustituido el término “usar” por “sujetar con la mano”, lo que implica que sostener el aparato se considerará una falta que podría llegar a costarte seis puntos.

Otra de las infracciones que se castigará con una mayor pérdida de puntos (de tres pasa a cuatro) es la de “no hacer uso, o no hacer un uso adecuado, del cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco u otros elementos de protección”. Además, por infringir la norma se tendrá que abonar una multa de 200 euros, tal y como se venía haciendo.

Con la ley actual de Seguridad Vial, el uso de detectores e inhibidores de radares está totalmente prohibido y penado con 200 euros de multa y una pérdida de tres puntos en el primer caso, y una multa de hasta 6.000 euros y seis puntos en el segundo. Con la nueva norma, el simple hecho de conducir un vehículo que tenga instalado este tipo de dispositivos (estén o no conectados) ya conllevará una detracción de cuatro puntos. Ahora bien, en esta medida no se incluyen las aplicaciones o mecanismos que avisan de la posición de los sistemas de vigilancia de tráfico.

Más cuidado con los adelantamientos

Hace ya tiempo que la Dirección General de Tráfico (DGT) solicita que se acabe con la posibilidad de que “los vehículos y motocicletas rebasen en 20 kilómetros/hora los límites genéricos de velocidad fijados para las carreteras convencionales” cuando quieren adelantar a otro vehículo que circula más despacio. Y ahora, esa petición se ha convertido en ley para, así, según señala el documento, “equipararse a los límites que se están estableciendo en la Unión Europea”. Quien se salte esta pauta se enfrenta a sanciones que van de entre los 100 y los 600 euros, y a una retirada de entre dos y seis puntos, dependiendo del tipo de infracción.

El adelantamiento a los ciclistas –unos de los actores más vulnerables de la carretera– también va a estar regulado en la nueva normativa. Concretamente, a partir de ahora, quien no guarde siempre la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros podría perder seis puntos (en vez de cuatro), aunque se mantiene la cuantía de 200 euros de multa. Además, hay que recordar que sigue estando prohibido parar o estacionar en el carril bici o en las vías ciclistas.

Nada de tirar colillas por la ventanilla

También hay una nueva sanción para aquellos que “arrojen a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios” por la ventanilla. En estos casos, la retirada de puntos pasa a ser de seis en lugar de cuatro.

Además de estas medidas, en las directrices se incluye una nueva infracción grave –que puede costarte unos 200 euros– por no respetar las restricciones de circulación durante la activación de los protocolos de contaminación o las establecidas en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). Y habrá que ir con cuidado, porque la Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a aquellos municipios de más de 50.000 habitantes a establecer zonas de bajas emisiones antes de 2023.

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